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Conversaciones A.LA.CÓ. - ULACOR para la reunificación de los Laborales |
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Como consecuencia de la Asamblea de ULACOR, el secretario de dicha Asociación envió al de A.LA.CÓ. un escrito,
en el cual manifestaba el interés de sus asociados por intentar de nuevo la reunificación de todos los Laborales de Córdoba bajo una
única Asociación. En cumplimiento de las acuerdos de la 3ª Asamblea General, A.LA.CÓ. ha constituido la Comisión de Reunificación. Actualmente forman parte de la misma: Francisco Muñoz de leyva (coordinador), José Llorente López y Santiago Martín Castellano. Los tres son miembros de la Junta Directiva de A.LA.CÓ. Los documentos intercambiados hasta la fecha son: |
| 25 -11 - 2011 --> De A.LA.CÓ. a Ulacor. (ver carta-saludo del Presidente y propuesta de A.LA.CÓ. más abajo.) | 10 - 1 - 2012 --> Respuesta de Ulacor a A.LA.CÓ. |
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24 - 1 -
2012 -->
Nueva propuesta
de A.LA.CÓ. a Ulacor.
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26 - 1 - 2012 --> Respuesta de Ulacor a A.LA.CÓ. |
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6 - 2 -
2012 -->
Nueva propuesta
de A.LA.CÓ. a Ulacor. (para
descargar documento en PDF
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8 - 2 - 2012 --> Respuesta de Ulacor a A.LA.CÓ. |
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PROPUESTAS
DE ULACOR PARA LA UNIFICACIÓN
1.- Las dos asociaciones hasta ahora existentes de laborales de Córdoba,
ALACO Y ULACOR, acuerdan comenzar un proceso de unificación en una nueva
asociación mediante la integración en la misma en igualdad de condiciones,
derechos y obligaciones. 2.- Como paso previo a la unificación de las dos asociaciones en una sola, ambas procederán a sus respectivas autodisoluciones.
3.- El próximo encuentro de laborales programado por ULACOR está previsto
para el 12, 13 y 14 de octubre de 2012 en Alcalá de Henares. 4.- Los socios de ALACO y de ULACOR serán inscritos como tales en la nueva asociación, se les informará de su nueva situación y se les dará la oportunidad de darse de baja a requerimiento personal del interesado.
5.- En la asamblea fundacional podrán participar con voz y voto y ser
elegibles todos los socios de ALACO y de ULACOR.
6.- La asociación resultante de la unificación creará su propia página web. |
La nueva asociación podrá autorizar un enlace y la publicación de los contenidos de su web, en páginas personales, en los términos establecidos por la propia asociación, dentro del más estricto respeto a los derechos de propiedad de los autores de dicha página y siempre que colaboren en el cumplimiento de los fines de la asociación. 7.- La revista paraninfo o cualquier otra actividad actual de ALACO o de ULACOR tendrán continuidad en las condiciones establecidas por los órganos de gobierno de la nueva asociación. 8.- Los datos personales de los socios se publicarán por la asociación con el consentimiento del afectado y en los términos establecidos por la ley.
9.- Los expedientes personales de los ex-alumnos de la laboral, se le
facilitarán a quien los haya solicitado y solamente podrán ser publicados
con la autorización expresa del afectado. 10.- La nueva asociación unificada establecerá su sede social física, así como el buzón de recepción de correspondencia relacionada con ella, en el Campus Rabanales de la Universidad de Córdoba, utilizando para ello la actual sede de ALACO.
11.- La asociación tendrá plena independencia económica y se financiará con
las cuotas de los socios, subvenciones, donaciones o acuerdos comerciales
que no menoscaben los fines de la asociación.
12.- La asociación ha de disponer de una relación actualizada de sus
asociados, llevar una contabilidad que permita obtener la imagen fiel del
patrimonio, del resultado y de la situación financiera de la entidad, así
como las actividades realizadas,
efectuar un inventario de sus bienes y recoger en un libro las actas de las
reuniones de sus órganos de gobierno y representación. Deberán llevar su
13.- Para evitar enfrentamientos entre colectivos dentro de la nueva
asociación se debe establecer en los estatutos para la elección de la Junta
Directiva el sistema de listas abiertas, pudiendo marcar hasta un máximo de
cuatro de los siete miembros a elegir entre los candidatos que se hayan
presentado previamente, lo que garantiza la pluralidad en la misma. 14.- La duración del mandato será de dos años y su limitación queda fijada en tres consecutivos. Ningún socio que haya formado parte de la junta directiva durante tres mandatos seguidos podrá presentar su candidatura para el siguiente, ni sucesivos. 15.- En el acuerdo deben figurar los nuevos estatutos de la asociación unificada, donde se incluirán los acuerdos que resulten de la negociación de unificación. |
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De: José Llorente López -
Presidente de ALACÓ
“Estimado compañero: |
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Propuesta básica de A.LA.CÓ. para el proceso de reunificación |
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Proponemos la siguiente hoja de ruta: 1 - Acoger como mediador a
un compañero externo a la ULC que podría ser Miguel Ángel Caldevilla de
la Universidad laboral de Gijón. 2 – Las recomendaciones
del mediador, aunque, por motivos estatutarios, no puedan ser
vinculantes, serán escuchadas y estudiadas por ambas directivas hasta
conseguir formalizar una redacción, consensuada, entre las dos y
finalmente, en reunión monográfica extraordinaria, aprobada por cada
asamblea. 3 - No es necesario, en
este caso, elegir a cinco, tres o cualquier otro número de
“compromisarios”, porque la responsabilidad de la negociación se hace
recaer sobre las mismas directivas, que tendrán la obligación de
trabajar con dedicación y buena fe para el logro del acuerdo. 4 - Ambas asociaciones deberán aportar al proceso una relación de las causas de sus disconformidades. Causas sobre las que habrá que trabajar para entenderlas, de modo que puedan subsanarse y a continuación poner los medios y asegurar las actitudes necesarias para que no vuelvan a repetirse en el futuro. (ver Nota (1)). 5 - La no aceptación de las recomendaciones del mediador deberán motivarse sin subterfugios. 6 - Las reuniones presenciales en un máximo de tres no podrán eludirse. 7 -El mediador coordinará las mismas así como el resto del proceso. En el caso de que se pueda contar con el moderador propuesto, ambos - mediador y moderador – se apoyarán mutuamente en lo que convenga para repartirse la carga de trabajo. La colaboración leal de ambas directivas debe estar comprometida y asegurada. 8 – Las reuniones presenciales se celebrarán, salvo especificación particular en contra, en la residencia de los padres dominicos: calle Claudio Coello, 141. Madrid 28006. Podría acordarse el hospedaje en este centro. El proceso se debería iniciar con una reunión, previa a la actuación del mediador (o contando con su presencia), en una fecha anterior a la Navidad.) |
9 - Los gastos comunes imprescindibles
(ejemplo: los relativos a la labor del mediador), en los que se incurran
por la negociación serán sufragados a partes iguales por ambas
asociaciones. 10 – Salvo por decisión específica de
alguna o las dos asambleas de asociados, solamente el mediador puede dar
por concluido el proceso de negociación. 11 - Todos los intervinientes guardarán absoluta discreción sobre los detalles de la negociación en curso. Se admite informar sobre la finalización de etapas concluidas o aspectos que impliquen la necesidad de consulta a las directivas de ambas asociaciones. 12 – Ningún
acuerdo podrá adoptarse sin cumplir dos condiciones estrictas: En el caso de acuerdo para la unificación o que
los avances sugieran claramente esa posibilidad, se abriría un
subproceso paralelo al plan negociador principal. Este subproceso se
describe provisionalmente en el Apéndice A ya citado anteriormente. (Se
trataría de facilitar la integración de las bases de las dos
asociaciones, para que perciban, siquiera sea parcialmente,
aprovechamientos, colaboraciones e incluso participaciones mutuas en
capítulos de disfrute, consulta y decisión). Junta Directiva de A.LA.CÓ. Nota: (1) El mediador propuesto - M. A. Caldevilla – ha efectuado un complicado encargo relativo a las causas y cuestiones de fondo que afectan a la separación. Se trataría de : I - Hacer un trabajo sincero sobre la identificación de nuestros motivos o argumentos para mantener una separación que no hemos querido ni queremos la mayoría. II - Identificar qué aspectos relevantes deben relacionarse como materias: a) - Compartibles b) - Renunciables y/o irrenunciables (ambas o lo que sea más fácil de relacionar). Las materias irrenunciables deberán estar muy justificadas y en ningún caso se admitirán motivos personales. |
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Respuesta (literal) de Ulacor (10/ 1/2012) |
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